Los problemas de la indexación indiscriminada

¿Todo lo que hacen los buscadores es legal? ¿O simplemente es que nos hemos acostumbrado a ellos?
En una de las últimas sesiones que impartí en el curso de protección del software en el Instituto Tecnológico de Informática la semana pasada, estuve discutiendo con mis alumnos los posibles efectos negativos de la indexación que realizan algunos buscadores masivos -el ejemplo de google es casi necesario-, poniendo un énfasis especial en la forma de mostrar los resultados.
Las contingencias de la indexación indiscriminada dentro de determinados ámbitos jurídicos siempre me han parecido un tema de discusión interesante, ya que se trata de una conducta común y absolutamente aceptada socialmente y que, sin embargo, puede emplearse para infringir un gran número de derechos, algunos de ellos protegidos por la constitución.

Algunas de las cuestiones que planteábamos son las siguientes:

  • Propiedad intelectual: Muchos buscadores indexan imágenes, fotografías, textos, etc., posteriormente les asignan tags o definiciones contextuales y finalmente las muestran sin más en una pantalla de resultados. El problema no está en la indexación de imágenes obtenidas ilegalmente -el responsable sería el que las muestra sin autorización-, sino en coger una imagen exhibida por el autor o alguien que la ha publicado bajo autorización, descargarla en un servidor, asignarle una referencia y mostrarla sin indicar a quién pertenece. Es discutible, al menos, y eso sin entrar en los acuerdos que han alcanzado algunos buscadores con bibliotecas -no con los autores o las entidades de gestión- para digitalizar, indexar y publicar libros.
  • Protección de datos de carácter personal: Según ha declarado la Agencia de Protección de Datos, el hecho de publicar datos de contacto en Internet no habilita a un tercero a tratarlos en un fichero y menos a mostrarlos, publicarlos o utilizarlos, y eso es exactamente lo que hacen los buscadores: indexan nombres, e-mails, direcciones, teléfonos, etc. y los muestran a solicitud del usuario, sin autorización ni posibilidad de control del interesado o titular de los datos. Incluso, con un poco de paciencia, podemos hacer búsquedas inversas de teléfonos (buscando directamente el número).

  • Infracciones de derechos: Los cachés de los buscadores ofrecen versiones antiguas -las últimas indexadas- de las páginas a las que han accedido, en las que pueden existir imágenes o textos que infringen derechos de terceros y que han sido retirados de una página, bien por mandato judicial, bien para evitar que un tercero que ya se ha quejado formalmente, interponga una demanda. Como abogado, en varias ocasiones he tenido que recurrir al caché de google para poder demostrar que una página contenía determinada imagen o texto, ya que el infractor, al percibir que le habíamos cogido con las manos en la masa, había retirado inmediatamente la obra. En este último caso, la indexación -en concreto el caché- tiene una doble vertiente: perpetúa una infracción -lo que puede perjudicar a un tercero- y, al mismo tiempo, permite demostrar que esa infracción se produjo.

Ayer por la noche encontré un sitio en Internet que te permite recuperar versiones antiguas de páginas web: the wayback machine (algo así como la máquina del tiempo). Se trata de un proyecto interesante que funciona bastante bien aunque, por desgracia, en algunas páginas archiva la URL, pero no indexa el contenido. Pensando en la línea que comentamos en este artículo, una herramienta como ésta resulta entrañable en tanto que te permite ver “cómo éramos” hace unos años (hoy he visto una de las primeras páginas de e-contratos, que diseñamos en enero de 2004). Sin embargo, también provoca que determinadas infracciones, conductas o situaciones contrarias a derecho se sigan perpetuando indefinidamente -al menos hasta que las comuniquemos a la página.

En una época en la que se discute tanto sobre el control de Internet, es difícil conjugar todas las ventajas y desventajas de un medio libre por definición. Por mi parte, soy absolutamente contrario a la imposición de medios públicos de control de contenidos , ya que existen herramientas que permiten filtrar y controlar localmente -a nivel de usuario/equipo- dichos contenidos. Sin embargo, como abogado he participado en asuntos en los que varias empresas se han visto obligadas a retirar de sus sitios determinados contenidos -principalmente fotografías- que infringían derechos de mis clientes.

Aunque sea una misión imposible, nos corresponde a nosotros, los que cada día nos encontramos con casos distintos y cada vez más complejos, intentar trazar la línea entre la libertad de expresión y el abuso de derecho. Será interesante ver cómo evoluciona este embrollo en los próximos años…

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