Los nuevos delincuentes

La reciente aprobación de la antepenúltima modificación Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual sigue haciendo correr ríos de tinta y creo que éste es el principal problema de todo este asunto: que su excesiva notoriedad provoca posicionamientos extremos y esto desemboca en leyes injustas y técnicamente mediocres.
Antes de la aprobación de la Ley, nadie estaba contento con las propuestas que salían del Parlamento: las “presuntas” entidades de gestión de derechos, como la tan traída SGAE, decían que el canon era insuficiente y los defensores del software libre -entre otros- apostaban por su abolición definitiva. Al final, no sé si alguien ha salido contento con la versión que se ha aprobado, lo que está claro es que los que salimos perdiendo somos los consumidores.

Objetivamente, y sin entrar demasiado a fondo en el tema, poca duda cabe de que la imposición de un canon que grava casi cualquier soporte susceptible de recoger un archivo de música o vídeo constituye una exacción (en la segunda de las acepciones admitidas por el Diccionario de la RAE) injusta, ya que afecta a todos los consumidores, indistintamente del uso que hagamos del soporte, dispositivo o medio.

Ésta es una crítica ya clásica, pero que resulta absolutamente cierta: ¿por qué tengo que financiar una entidad ajena a mi actividad al comprar un CD en el que voy a hacer un backup de mis archivos del despacho? ¿o las fotos de mi viaje a Santander o las últimas páginas de la novela que estoy escribiendo? ¿Qué derecho tienen estos sujetos sobre mis obras, si yo no les he cedido ninguna representación? ¿Qué pasaría si les pidiese mi participación en sus beneficios por mis creaciones, a cambio del dinero que ellos han recaudado a mi costa sin mi consentimiento?

El canon es injusto y presupone que estoy incumpliendo la ley, o que estoy dando un uso a un objeto creado por un tercero, sin que nadie se preocupe en constatar qué demonios hago con ese objeto. Personalmente, considero que el problema parte de que el concepto de propiedad intelectual que utilizamos ha caducado, debido a la aparición de tecnologías que permiten reproducir obras originales rápida y fácilmente. Éste es un problema corriente en derecho: no podemos aplicar los principios en los que se basaron los Reyes Católicos al aprobar la pragmática que controlaba la edición de libros para regular el intercambio de archivos a través de redes P2P. Sin embargo, a unos pocos les interesa seguir en el error, aunque sea en perjuicio de la generalidad de usuarios de estos medios.

El canon no es el único problema de la reforma; parece que nadie se ha dado cuenta de que los sistemas de protección anticopia (mal llamados derechos digitales) o DRM son incompatibles con el derecho de copia privada -que parece haber perdido su sitio en la reforma-; también sigue sin definirse si el intercambio de archivos equivale a préstamo, publicación o transmisión, etc.

Es necesaria una revisión del concepto de propiedad intelectual upside down. Las entidades de gestión necesitan de esta Ley para justificar su existencia, pero siempre he pensado que poner puertas al campo es una mala política, y eso es lo que está pasando con cada nueva reforma.

Algunas de las propuestas que he podido analizar últimamente al respecto me parecen muy interesantes, pero demasiado utópicas o poco desarrolladas para que finalmente se puedan llevar a efecto. Por el contrario, los servicios jurídicos de las entidades que respaldan el status quo se encuentran perfectamente pertrechadas de todo tipo de argumentos jurídicos y parajurídicos que, pese a partir de una base errónea y de un concepto equivocado de los derechos de propiedad, están consiguiendo imponerse sobre el resto.

En el ámbito del derecho todo es opinable y mutable, las leyes cambian, los principios evolucionan y es lógico pensar que dentro de unos pocos años la normativa haya llegado a constituir un cuerpo justo y lógico con el nuevo contexto social y tecnológico; sin embargo, es interesante analizar cómo algunas conductas perfectamente aceptadas socialmente -como el intercambio de archivos-, según quién las juzgue e interprete, pueden llegar a ser castigadas con penas más graves que otros delitos mucho más “sensibles” para nuestra sociedad (leer aquí).

Algunas de las afirmaciones vertidas en el post cuyo trackback he linkado antes son perfectamente opinables, pero aún así reflejan cómo el poder económico de unos pocos puede alterar un principio como es el de la intervención mínima o última ratio del derecho penal.

Es una auténtica pena. O mejor dicho, es una verdadera putada. Será interesante ver cómo evoluciona este asunto…

One thought on “Los nuevos delincuentes

Add yours

  1. Yo sinceramente creo que este es la historia interminable. La cuestión es si uno opta por la posición más, digámoslo así, humanista (es decir, que el arte es parte del ser humano y que, por lo tanto, su comercialización es ajena a su naturaleza) o por la posición más pragmática (el arte es un producto y como tal tiene un precio). Por mi parte, como “consumidor” (qué mal suena) de discos, películas, etc., me hallo de algún modo “halfway through”, es decir, descargo decenas y decenas de archivos de audio y vídeo (algo que sin embargo nunca he hecho en el caso de los libros, aunque eso es otro tema) pero, sin embargo, la cantidad de discos y películas que compro mensualmente no se ha visto reducida en absoluto, sencillamente ahora tengo acceso a una serie de obras a las que no tenía acceso anteriormente (fricadas tipo la cara B del primer single de The Cure en edición vinilo -qué vampiro más tierno- o la versión extendida con subtítulos en gaélico de alguna peli de Sam Peckinpah grabada de La 2 -cuya obra os anuncio se halla enteramente disponible en DVD en la actualidad-). Sin embargo, estoy de acuerdo en que el fámoso cánon por copia es una auténtica patraña creada por impresentables como el señor Ramoncín (quien en su día, allá por finales de los 70 -antes del temazo “Litros de alcohol”-, fue un tío cuanto menos respetable) y que, lo miren como lo miren, el avance de las redes P2P es imparable, constituyendo un auténtico quebradero de cabeza para las multinacionales pero la mejor herramienta que existe en la actualidad para la difusión artística. No obstante, sí que sería recomendable que, por el bien de unos cientos de miles de trabajadores y de unos cientos de cientos de miles de internautas con inquietudes culturales, se llegase a un consenso que dejase contentos a todos en la medida de lo posible, por utópico que suene. Eso sí, mejor no cuenten con Ramoncín entre sus filas, ¡señores!

Deja un comentario

Up ↑

A %d blogueros les gusta esto: