¿Qué hacemos con la constitución?

El segundo embarazo de los príncipes de Asturias ha vuelto a poner sobre la mesa una vieja discusión que amenaza con convertirse en un asunto de estado muy pronto: ¿Qué pasa con nuestra constitución?
A estas alturas pocas personas defienden la permanencia de una pseudo ley sálica en nuestro país. Poco sentido tiene que la sucesión de la corona dependa de una cuestión de sexo, y en este caso me refiero a que dependa de si el heredero es hombre o mujer -hay alguno que cuando mezclas corona y sexo parece que no sepa de qué estamos hablando-.

El artículo de la discordia, 57.1 de la Constitución, dice que

La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.

No conozco tan bien nuestra carta magna como para saber los motivos por los que el texto definitivo optó por esta redacción, pero lo cierto es que en nuestro actual contexto una norma así carece de justificación.

Sin embargo, la introducción de una nueva modificación en nuestro texto fundamental en estos momentos de cambios y zozobra del modelo constitucional adolece de un doble riesgo que pocos están dispuestos a correr:

  • Por una parte, algunos -los menos- temen que esta discusión sea utilizada por algunos sectores para retomar el viejo asunto de la república. Afortunadamente nos encontramos en un país avanzado, con una cierta pax social que garantiza que no vamos a sufrir cambios graves en nuestro modelo de estado. Sin embargo la discusión, aunque minoritaria, está ahí.
  • Por otra parte, durante los últimos años he escuchado en varias ocasiones que el cambio de la constitución debería utilizarse para acometer, de una vez por todas, la totalidad de reformas pendientes. Y ése sí que es un problema de estado serio, grave e injustificable.

Vale, nos encontramos en un país acostumbrado a legislar por decretazo y a modificar leyes fundamentales para la convivencia a través de las leyes de acompañamiento de los presupuestos generales.

Pero dar un paso más resulta es inadmisible; no podemos aprovechar un cambio en el que estamos casi todos de acuerdo para introducir modificaciones de competencias y modificaciones orgánicas o de modelo de estado, porque es tanto como pervertir el fin último del proceso de reforma constitucional previsto en la propia constitución.

En este sentido, mi postura ante la constitución es más bien grisista: no creo que sea perfecta, pero me parece que debe tener vocación de permanencia. Una constitución, si se cambia cada quince años, ni es constitución ni es nada; es el problema -para algunos- de intentar adaptar el modelo democrático anglosajón. Coño, si no te gusta, haber elegido muerte… Para los peces de colores, creo necesario recordar que ya se produjo un cambio en el artículo 13.2 de la constitución para permitirnos la entrada en Europa.

Sin embargo, no estaría de más que, por una vez, los políticos no aprovecharan la confusión para hacer y deshacer a su gusto. Una reforma como ésta no precisa un acuerdo, sino un consenso, y ya sabemos que un cambio del modelo de estado como el que parece buscarse desde algunos sectores, no va a contar con un apoyo que justifique un cambio drástico.

No va a ser una cuestión sencilla, y seguro que en el debate que se va a abrir vamos a mezclar churras con meninas. De nosotros depende que el asunto llegue a buen puerto.

10 comentarios sobre “¿Qué hacemos con la constitución?

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  1. La Red es muy pequeña. Te he encontrado en Flickr.com y he llegado hasta aquí siguiendo el rastro, ya que desconocía que tuvieras un blog. Agradable sorpresa. Te pongo un enlace al mío y a ver si consigues averiguar quien soy… valenciaaldia.blogspot.comMis iniciales: JAP

  2. A ver, déjame pensar… Comentarios enviados desde una ip de rtvv, un blog sobre Valencia, el acrónimo y las iniciales… Vamos, que no me lo pones muy difícil!! Por cierto, felicidades por tu blog, me parece muy interesante. A ver si quedamos a comer un día de estos, ahora que estoy por Valencia. Un abrazo.PD: Espero que lo pasaras bien por Mallorca este verano.

  3. Bastante acertado…Estoy seguro de que nuestros queridos políticos intentarían introducir sus modificaciones, para sus propios intereses, aprovechando el cambio sobre la sucesión…Y como tú dices, la Constitución funciona… y no se puede estar modificando cada dos por tres según las modas…Lo que quizás no funcione, sean nuestros partidos políticos, demasiado cerrados y ‘privados’…

  4. No creo que se pueda argumentar el dejar de modificar la constitución con cosas como “si funciona no lo toques”.Cuando se aprobó era una época que poco tenía que ver con el presente y todos esos cambios deben de verse reflejados en ellaEstoy de acuerdo contigo en que los posibles cambios que se hagan se han de hacer con consenso. Lo que no se puede es colocarse en una posición de inmovilismo bloqueando incluso los cambios que creemos necesarios.

  5. Gracias a Manu y Kno por vuestros comentarios. Creo sinceramente que el problema reside en intentar copiar un modelo constitucional que nunca ha conseguido fraguar en nuestro país. durante los últimos 200 años, desde la famosa “Pepa” de 1812, han fracasado un buen número de constituciones, y ello -enter otros motivos- porque cada nuevo gobierno intentaba modificarla para adaptarla a sus intereses. Los estados tradicionalmente constitucionalistas como Francia o UK han conseguido, a base de enmiendas, reinterpretar algunos artículos para adaptarlos a la realidad; ahora bien, de ahí a modificar las bases del estado cada vez que creemos que la situación lo justifica hay un largo trecho. Y si de cambios se trata, sólo hay que esperar a ver qué demonios pasa con la UE…

  6. Desde que este post se publicó en meneame he recibido numerosas críticas a través del propio portal e, incluso, a través de mi correo electrónico. Os animo a depositar vuestros comentarios en este blog, ya que de esta forma podremos opinar todos al respecto. ¿Estamos en la web 2.0 o no? 😉 Un abrazo.

  7. La constitución española acepta la pena de muerte en determinados casos.Y eso también hay que cambiarlo.Por otra parte se debe ahondar en la separación iglesias-estado, conforme la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la que bebe expresamente nuestra constitución.

  8. Yo no se en qué consiste el proceso de modificación de la constitución, pero si que se que se avecina y que creo que se debe aprovechar para abordar cambios necesarios. Algunos de esos cambios los explica el comentarios 8 de meneame y se ha reproducido parcialmente en comentario anterior. ¿No crees que hay que abordarlos? Creas o no que hay que aplicar eso cambios, creo que ha llegado el momento de discutirlo.

  9. Gracias por vuestros comentarios. Voy punto por punto.En cuanto a la pena de muerte, soy total y absolutamente contrario a ella y de hecho, el artículo 15 de la Constitución abole expresamente la pena de muerte en España. La excepción -ley penal militar en tiempos de guerra- no afecta al orden penal “común”, que prohibe tanto la pena de muerte como la cadena perpetua. Por tanto, no considero necesario modificar la Constitución en ese sentido.En cuanto a la relación Iglesia-Estado, me parece que no podemos obviar la tradición y los orígenes cristianos de nuestro país. Aunque seamos un estado aconfesional -eso sí que lo deja claro la constitución, y de esta forma cumple con la Declaración Universal de Derechos Humanos-, un porcentaje muy elevado de ciudadanos es católico -practicante o no, que a mí eso me da mucha risa-. Sin embargo, nuestra constitución sólo dice que mantendrá relaciones de cooperación con la iglesia católica y con el resto de confesiones, por lo que no creo que haya nada que modificar.Hay muchas “leyendas urbanas” en relación con la constitución, por lo que os aconsejo que le echéis un vistazo al texto original!!.

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